Cuando se habla de prevención de accidentes graves en la industria química, es habitual pensar en sustancias peligrosas almacenadas como productos, en grandes instalaciones industriales o en escenarios como incendios, explosiones o fugas tóxicas. Sin embargo, existe otra realidad que también debe tenerse en cuenta: los residuos peligrosos pueden estar sujetos a la normativa de accidentes graves.
Esta cuestión fue abordada por Alexander López Urionabarrenechea, profesor del Departamento de Ingeniería Química y Medio Ambiente de la Universidad del País Vasco (EHU), durante el curso de verano “Accidentes químicos y seguridad industrial: lo que deberíamos saber”, celebrado el pasado 15 de julio de 2026.
Su ponencia explicó con absoluta claridad cómo los subproductos, lodos, disolventes agotados o restos químicos generados en los procesos productivos no constituyen una categoría ajena a los controles de seguridad industrial. Si dichos residuos albergan propiedades de peligrosidad intrínseca estipuladas por el Reglamento europeo CLP y la legislación ambiental (identificados mediante los códigos HP, que van desde las sustancias explosivas HP1 hasta las ecotóxicas HP14 o de propiedades retardadas HP15), su acumulación temporal dentro del recinto fabril computa directamente en el inventario global de la instalación.
El ponente subrayó que si la cantidad total de residuos peligrosos almacenados temporalmente supera los umbrales cuantitativos establecidos en el Real Decreto de accidentes mayores, todo el emplazamiento, y no solo el almacén de residuos, queda sujeto automáticamente a las exigencias legales de un establecimiento Seveso, con todas las obligaciones documentales, organizativas y de inspección que ello conlleva.
La cuestión es especialmente relevante para empresas productoras y gestoras de residuos peligrosos: cómo determinar si un residuo puede quedar afectado por la normativa Seveso cuando los sistemas utilizados para clasificar residuos y sustancias químicas no emplean exactamente los mismos criterios.
Un residuo peligroso también puede entrar en el ámbito de Seveso
El primer aspecto que conviene tener claro es que la normativa de accidentes graves no se limita a los productos químicos comerciales.
La legislación contempla también determinadas materias peligrosas en condición de residuo. Por ello, una empresa que produce residuos peligrosos o una instalación que los almacena y trata, debe comprobar si las cantidades que puede llegar a tener almacenadas pueden situarla dentro del ámbito de aplicación de Seveso.
Esto afecta tanto a empresas que ya están sujetas a esta normativa por su propia actividad como a otras que, aunque no estén afectadas por ella, generan residuos peligrosos como consecuencia de sus procesos.
También resulta relevante para determinadas empresas gestoras de residuos, como centros de transferencia o instalaciones de tratamiento que realizan almacenamiento previo.
Y aquí aparece una primera cuestión práctica: no solo debe considerarse lo que una empresa tiene físicamente almacenado en un momento concreto, sino también las cantidades que, de acuerdo con sus autorizaciones, pueden estar presentes.

El principio de precaución ante la incertidumbre analítica
Uno de los mayores retos operativos abordados en la ponencia es la frecuente indeterminación en la composición química exacta de ciertos flujos de residuos complejos o mezclas industriales heterogéneas. Ante esta realidad de incertidumbre analítica, López Urionabarrenechea defendió la aplicación estricta del principio de precaución:
- Ante la duda razonable de que un residuo albergue propiedades peligrosas sujetas a umbrales Seveso pero carezca de una caracterización exhaustiva y concluyente, los operadores industriales tienen la obligación legal de clasificarlo e inventariarlo bajo la categoría análoga más restrictiva.
- Esta regla evita la apertura de peligrosos vacíos legales y obliga a las plantas a sobredimensionar las medidas de contención pasiva, los sistemas de ventilación, los detectores de fugas y las compatibilidades de almacenamiento, blindando el proceso frente a reacciones exotérmicas imprevistas o mezclas incompatibles.
Pero existe una segunda cara del problema: la sobreclasificación.
Aplicar automáticamente la categoría más restrictiva puede provocar que determinados residuos queden aparentemente sometidos a la normativa Seveso cuando, después de estudiar su composición real, podría comprobarse que no alcanzan los niveles de peligrosidad necesarios.
El ejemplo planteado durante la sesión resulta especialmente ilustrativo: determinados residuos oleosos, como lodos de hidrocarburos o aguas aceitosas, pueden presentar características HP que conduzcan inicialmente a una clasificación Seveso restrictiva. En determinados supuestos, esto podría hacer que cantidades relativamente reducidas fueran suficientes para alcanzar un umbral regulatorio.
¿Cómo evitar una sobreclasificación innecesaria?
La respuesta pasa por conocer mejor el residuo. Aquí es importante revisar si existen circunstancias que permitan excluir determinadas cantidades del cálculo de afectación. La documentación de la ponencia recoge, por ejemplo, la posibilidad de descartar cantidades inferiores al 2 % del umbral correspondiente cuando se cumplen las condiciones previstas.
También se planteó la situación de los envases vacíos que han contenido sustancias peligrosas. Aunque pueden mantener su consideración como residuos peligrosos, debe analizarse si realmente tienen capacidad para generar un accidente grave en las condiciones concretas de almacenamiento.
Pero hay otra cuestión que puede pasar desapercibida: las empresas no trabajan únicamente con una clasificación de peligrosidad.
En la práctica pueden coexistir diferentes marcos regulatorios, como Seveso, CLP, legislación de residuos y normativa ADR para el transporte de mercancías peligrosas. Cada uno puede aplicar criterios diferentes, por lo que revisar un residuo desde una única perspectiva puede no ser suficiente.
Una cuestión técnica que también requiere prevención
Esta ponencia puso de manifiesto que la prevención de accidentes graves también pasa por revisar aspectos que pueden parecer secundarios dentro de la gestión cotidiana de una empresa.
Clasificar correctamente un residuo, conocer las cantidades máximas autorizadas, revisar las características HP, comprobar posibles equivalencias con Seveso y disponer de información suficiente sobre su composición son actuaciones que forman parte de una gestión preventiva del riesgo. Entre ellas destacan los umbrales de presencia porcentual (sustancias peligrosas presentes en mezclas complejas en proporciones mínimas, habitualmente inferiores al 2%, que posean la certeza técnica de no poder desencadenar un accidente grave) y el complejo tratamiento normativo aplicable a los envases y recipientes vacíos que en su día contuvieron agentes químicos peligrosos.
La charla de Alexander López Urionabarrenechea recordó a los asistentes que la excelencia industrial exige un control tan riguroso, analítico y escrupuloso sobre los materiales residuales que abandonan la planta como sobre las materias primas vírgenes que entran en ella.
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